A lo largo de este mes de octubre de 2020, el Gobierno ha remitido al Congreso de los Diputados dos Proyectos de Ley de amplio calado en lo que a medidas tributarias se refiere: el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 y el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
A la espera de que tales normas sean aprobadas en sede parlamentaria y de los cambios que pudieran sufrir, conviene ahora mencionar algunas de las principales medidas proyectadas:
IRPF
Aumento de 2 puntos para rentas del trabajo y actividades económicas que excedan de 300.000€. Es decir, dependiendo de la Comunidad Autónoma de residencia, el marginal máximo estará ahora entre el 45,5% y el 51,5%.
Aumento de 3 puntos para rentas del ahorro (dividendos, intereses, ganancias de patrimonio…) que excedan de 200.000€. Es decir, el marginal máximo pasa del 23% al 26%.
Se reduce de 8.000€ a 2.000€ el importe de aportaciones máximas del partícipe a planes individuales o de empleo con derecho a reducción fiscal. No obstante, el límite conjunto de reducción (aportaciones del partícipe y de la empresa) se amplía de 8.000€ euros a 10.000€.
Impuesto sobre Sociedades
Limitación al 95% de la exención de dividendos y plusvalías procedentes de filiales en el exterior. No obstante, las empresas con cifra de negocio inferior a 40 millones podrán seguir aplicando la exención del 100% por dividendos durante los próximos tres años.
SICAVs y SOCIMIS
Se prevé la implementación de medidas para reforzar el control de las SICAV, especialmente en lo que respecta al cumplimiento del requisito del número mínimo de socios.
Se impondrá a las SOCIMIS un gravamen del 15% sobre los beneficios no distribuidos como dividendo a sus socios.
Impuesto sobre el Patrimonio
Se incrementa 1 punto el gravamen del último tramo, que pasa del 2,5% al 3,5%. Esta medida, no obstante, no tiene impacto alguno al estar supeditada a la regulación autonómica del tributo.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
En el caso de bienes inmuebles, el valor de referencia del Catastro se convierte en la base imponible del ITPAJD e ISD, de forma objetiva, actuando como valor “por defecto”. Este valor de referencia de cada inmueble se basará en todas las compraventas de inmuebles efectivamente realizadas y formalizadas ante fedatario.
IVA
Se incrementa el gravamen del 10% al 21% a las bebidas azucaradas y edulcoradas. La consumición en bares y restaurantes seguirá tributando al 10% como servicio de hostelería o restauración.
Impuesto sobre Actividades Económicas
Para evitar que pueda ser inaplicada la regla de acumulación de los importes netos de la cifra de negocios correspondientes a los miembros de un grupo mercantil, se aclara que la regla para el cálculo del importe neto de la cifra de negocios se deberá aplicar con independencia de la obligación de consolidación contable.
Criptomonedas
Se incorpora la obligación de informar sobre la tenencia y operativa con monedas virtuales, tanto situadas en España como en el extranjero si afecta a contribuyentes españoles. De este modo, se exigirá información sobre saldos y titulares de las monedas en custodia. Además, se establece la obligación de suministrar información sobre las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos, con criptomonedas. También se introduce la obligación de informar en el modelo 720 de declaraciones de bienes y derechos en el exterior, sobre la tenencia de monedas virtuales en el extranjero.
Otros
Aumento de la fiscalidad del diésel (excluido gasóleo profesional y bonificado).
Se prohíben explícitamente las amnistías fiscales.
El límite de pagos en efectivo en operaciones B2B disminuye de 2.500€ a 1.000€.
Se reforma el sistema de recargos de declaración extemporánea, así como el sistema de reducciones de sanciones tributarias, además de otras modificaciones en materia de procedimiento tributario.
Departamento Tributario de Dogma-Lecó
En Sevilla, a 29 de octubre de 2020